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01 de dic de 2011 | 11:33

Exención en el IRPF de una indemnización de un ERE al extinguir el trabajador su contrato para cambiar de compañía.

Ha resuelto el TS la procedencia de aplicar la exención en el IRPF de la indemnización percibida por el trabajador por un ERE, dado que se ha acreditado que la compañía para la que comenzó a trabajar después carece de toda vinculación con la que tramitó el ERE.

(Sentencia de 14 de abril de 2011).

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