18/09/2009

Documentación necesaria

Isabel García Méndez

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Inicio del cuerpo del artculo

Capitalizar el paro

A) Rellenar la solicitud de pago único

B) En el caso de los autónomos:

  • Memoria empresarial

C) En el caso de las cooperativas o sociedad laboral en funcionamiento:

  • Certificado del consejo rector de la cooperativa u órgano de administración de la sociedad laboral que indique que ha solicitado su ingreso, que el trabajo a realizar es estable, si hay o no fijado un periodo de prueba y, en caso afirmativo, su duración.
  • Acuerdo de admisión como socio y la superación del período de prueba.

D) En el caso de cooperativas o sociedades laborales de nueva creación:

  • Documento privado firmado por los socios en el que figuren los siguientes datos (salvo que ya consten en el proyecto de estatutos):

- Identidad de los socios.
- Manifestación de su voluntad de constituir la cooperativa o sociedad laboral.
- Las condiciones de trabajo estable y si existe o no periodo de prueba y su duración.
- Aportación obligatoria y, en su caso voluntaria, del socio trabajador a la cooperativa, o el valor y número de acciones o participaciones a suscribir por el socio de la sociedad laboral anónima o de responsabilidad limitada, respectivamente.

  • Proyecto de estatutos de la sociedad o cooperativa, donde conste el capital social, su distribución en acciones o participaciones y las condiciones de desembolso (en especie o metálico, plazos de desembolso).
  • Memoria del proyecto, explicativa de la actividad a realizar y que acredite su viabilidad, junto con los justificantes de gastos e inversión expuestos en este documento.

MÁS PAPELEO

Una vez concedida la capitalización, es necesario presentar en el plazo de un mes:

  • Acta constitutiva y estatutos de la cooperativa o sociedad laboral.
  • Certificado de la inscripción de la cooperativa o sociedad laboral en el registro correspondiente.
  • Si es un trabajador discapacitado, certificación del Imserso o el órgano competente de la Comunidad Autónoma que acredite su condición de minusválido en grado igual o superior al 33%, o resolución del INSS reconociendo la incapacidad permanente en dicho grado.
  • En el supuesto de que haya creado una comunidad de bienes o sociedad civil irregular, documento acreditativo de la constitución.
  • Si va a trabajar encuadrado en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social, como socio capitalista de una sociedad mercantil, solo será posible acceder a la modalidad de pagos mensuales para la subvención de cotizaciones a la Seguridad Social.
  • Si va a trabajar encuadrado en el Régimen Especial de Autónomos, documentación acreditativa de haberse dado de alta.

Final del cuerpo del artculo

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