09/06/2008
Cuándo, cómo y por qué dar el salto
Tipos de sociedades
Elige la que mejor se adapte a tu proyecto.
Julio Fernández
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Inicio del cuerpo del artóculo
Sociedad Limitada (SL)
Es la forma jurÃdica preferida por las pymes. Y con razón: por un lado, los socios sólo responden con el capital aportado. La segunda ventaja es económica: su coste es de 3.006 euros. La SLU o Sociedad Limitada Unipersonal la forma un único socio.
Sociedad Anónima (SA)
Es la elegida por empresas que quieren cotizar en Bolsa o aquellas que encaran su consolidación y expansión. El capital social se divide en acciones y los socios no responden de las deudas de la empresa. El capital mÃnimo para su constitución es de 60.102 euros, del que debe estar suscrito al menos el 25% del valor nominal de cada una de sus acciones. La regulación de esta sociedad mercantil y su gestión son más complejas que la SL.
Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE)
Comparte con la Sociedad Limitada que las participaciones son indivisibles y acumulables pero queda vedada la entrada de sociedades mercantiles. Su ventaja está en la contabilidad simplificada. El capital social es de un mÃnimo de 3.012 euros a un máximo de 120.202. En cambio el número máximo de socios es de cinco y deberán ser personas jurÃdicas, contempla un aplazamiento durante el primer del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y de las retenciones de IRPF, y de dos años en el Impuesto de Sociedades.
Sociedad Laboral
La hay de dos formas: limitada (SLL) o anónima (SAL). En ambos casos la mayorÃa del capital social pertenece a los trabajadores que prestan sus servicios de forma personal, retribuida y con carácter indefinido. El capital se encuentra dividido en acciones o participaciones sociales, suscrito en un mÃnimo del 25% para las SAL (capital social mÃnimo de 60,102 euros) y totalmente en las SLL (3.006 euros). La tributación es la misma a la de una SL o una SA.
Sociedad Cooperativa
A diferencia del resto, no tiene ánimo de lucro. Los beneficios sólo se reparten una vez cubiertas todas las necesidades de la sociedad. Entre sus caracterÃsticas destacan un número mÃnimo de tres socios, responsabilidad por deudas limitada, incorporación de socios voluntaria, y que su denominación social debe incluir la expresión Sociedad Cooperativa o S Coop.
Fuente: GuÃa para la creación de empresas. Edita: Cámara de Madrid
Final del cuerpo del artóculo









