28/08/2008
Prevención de riesgos
Si el local tienen la licencia municipal es que reúne las condiciones de uso. Además, el centro de trabajo debe contar con un Plan de Prevención de Riesgos.
Pilar Alcázar
- Empezar con buen pie
- Consejos generales
- Licencia de apertura
- Autorización de apertura
- Comunicación de apertura
- Prevención de riesgos
- Registro de patentes
- Acelerar los trámites
- Casos reales
Inicio del cuerpo del artculo
OBLIGATORIO PARA:
Todas las empresas que tengan empleados.
PROCEDIMIENTO:
El plan debe ser elaborado por un técnico de prevención, que evaluará los riesgos y tomará las medidas necesarias para minimizarlos. Puede hacerlo el propio empresario (si tiene el título), o bien puede delegar en un empleado o acudir a un servicio de prevención ajeno”. Para elegir la entidad más adecuada, lo mejor es solicitar varias ofertas y valorar sus condiciones: qué actividades incluyen, cuántas visitas harán al año y cuándo empezarán a realizarse. “Los precios son variables, pero por poner un ejemplo, para una empresa de cinco trabajadores cuesta de media 80 euros al mes, más unos 65 euros por trabajador/ año”, por las funciones de vigilancia de la salud, señala.
CONSEJOS:
- “La normativa es amplia y dispersa. Lo mejor para un emprendedor es concertar un servicio de prevención al menos el primer año, para que le ayude a crear el sistema de trabajo”, sugiere Bajo.
- “Desde ANEPA, recomendamos no firmar conciertos que hablen sólo de especialidades sin determinar actividades, ni conciertos en los que se fije un número de horas”: deben prestar el servicio independientemente del tiempo que suponga.
- En la web del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (www.mtas.es/insht) se encuentra toda la normativa y una útil guía para la Gestión de la prevención de riesgos laborales en la pequeña y mediana empresa.
Final del cuerpo del artculo








