26/11/2009
Principales novedades tributarias para 2010 y consejos prácticos para sacarles partido
¿Cómo te afecta el nuevo escenario fiscal?
Con el proyecto del Gobierno en la mano, hemos hablado con expertos fiscales y tributarios para ver cómo te afectarán y cómo puedes sacarle partido a las modificaciones que se pretenden introducir (y decimos pretenden porque todavía no ha acabado el debate político) en el Impuesto de Sociedades, el IRPF y el IVA.
De mantenerse la actual redacción de los Presupuestos Generales del Estado para 2010, el impacto fiscal para pymes y autónomos se concentraría en:
IMPUESTO DE SOCIEDADES
- ¿Qué propone el Gobierno? Una bonificación en este impuesto para empresas de menos de 25 trabajadores y con una facturación inferior a cinco millones, si mantienen empleo. Se reduce un 5% el tipo, de tal forma que la base imponible inferior a 120.202 euros tributaría al tipo del 20%, y la base restante, al 25%.
- ¿Qué supone para un emprendedor? Según Javier Donoso, director–asesor de la firma Improdex, “esta medida no va a representar un gran incentivo para la creación o mantenimiento de empleo ya que se aplica sólo sobre empresas que tienen beneficios. Éstas, en principio, puede afrontar un 5% más en el Impuesto sobre Sociedades”. “Piensa, por ejemplo, en una empresa que tenga 400.000 euros de beneficio; un 5% menos supone 20.000 euros. Esa empresa por supuesto dará bienvenida a esa rebaja, pero no supondrá una variación sustancial de su estado económico”, asegura este experto.
- ¿Y qué ocurre con las microempresas y pymes que tienen pérdidas o poco beneficio? “Esta medida no les afectará en absoluto. A la hora de planificar fiscalmente su ejercicio, no dejarán de amortizar puestos de trabajo para conseguir un ahorro fiscal. Si tienen que despedir, será porque un puesto de trabajo no es necesario debido al volumen de demanda en la coyuntura actual; y si tienen que contratar a alguien, será porque en esta misma coyuntura sus ventas y actividad permiten mantenerlo”, responde Donoso.
- ¿Cómo aprovecharlo? Si la situación que se te plantea es despedir o mantener un empleo para acceder a esta ayuda, Jesús Ruiz Ballesteros, director del despacho Ruiz Ballesteros Economistas y Abogados, lo tiene claro cuando afirma: “Por lo general, seguirá saliendo más rentable despedir a alguien que ahorrarse el 5% del Impuesto sobre Sociedades”. “Esta medida te interesa si estás dudando en contratar a alguien. Si ves que te hace falta, quizás sea el momento antes de que termine el año, de manera que para la próxima declaración te ahorres un 5% extra por haber aumentado la media de empleados en 2009”, apunta Ruiz Ballesteros.
IRPF
- ¿Qué propone el Gobierno? Una rebaja fiscal del 20% para todos los autónomos y pymes que tributen en IRPF y que cumplan tres condiciones: tener una plantilla inferior a 20 trabajadores, no alcanzar cinco millones de euros de cifra de negocio y mantener empleo. Con un matiz: el importe de la deducción no podrá nunca ser superior al 50% del importe de las retribuciones satisfechas al conjunto de sus trabajadores en el ejercicio económico.
- ¿Qué supone para un emprendedor? Para empezar, Donoso destaca que, al igual que ocurre con la bonificación en el Impuesto sobre Sociedades, “los autónomos, microempresas y pymes no decidirán sus mantenimientos, incrementos o disminuciones de plantilla en función de un ahorro tan nimio cuando además se supone que se aplica sólo si hay beneficios”. Además, ¿qué ocurre con los profesionales autónomos y con Sociedades Limitadas Unipersonales en las que el autónomo crea su propio puesto de trabajo y no tiene trabajadores en plantilla (nada menos que 1,8 millones de emprendedores)? “Según lo recogido en la ley, podrían quedarse fuera de este beneficio fiscal, ya que la redacción ha quedado lo suficientemente ambigua. Dudo que en ninguno de esos casos puedan aprovechar esta medida”, opina Donoso. Y el matiz del 50% también es importante. Imagina una pyme que tenga unos rendimientos netos de 60.000 euros y que cuente con un único asalariado. En principio, podría entrar dentro de esta rebaja del 20% y recortar su base imponible, en principio, en 12.000 euros. Piensa ahora en que ese empleado cobrase un sueldo anual de 21.000 euros. En esa situación, la empresa ya no podría aplicar la rebaja completa: el 50% de la retribución (11.000 euros) sería inferior a la deducción...
- ¿Cómo aprovecharlo? Haciéndote esta pregunta: ¿esa rebaja fiscal es superior al coste de mantener al empleado y más interesante que el coste de su despido?
IVA
- ¿Qué propone el Gobierno? Se contempla una subida de dos puntos del tipo general del IVA, que subiría al 18%, y de un punto en lo que respecta al tipo reducido, que se elevaría al 8%.
- ¿Qué supone para un emprendedor? Fernando Sobrino, director de Colón Abogados & Asesores Tributarios, apunta: “En teoría, si la cadena del IVA funciona como es debido, quien en realidad va a soportar la subida es el consumidor final, ya que las empresas repercutirán a sus clientes la subida del IVA. Ahora bien, si las empresas suben el coste de sus productos o servicios, lo más seguro es que vendan menos”. Eso, por un lado, porque, por otro, también puede darse otro escenario. Según Donoso: “Si una empresa asume el mayor IVA y no lo repercute a sus clientes en los precios, disminuye su beneficio”. Y todo esto suponiendo que la empresa pueda deducirse el IVA, porque, como destaca Sobrino, “la cadena del IVA se interrumpe en ocasiones, como con los profesionales autónomos que están en prorrata (abogados, médicos, veterinarios...) y que no pueden deducirse todo el IVA”.
- ¿Cómo aprovecharlo? “Habría que recomendar a los autónomos en prorrata que si tienen que hacer una compra importante en 2010 y pueden asumirla ya, lo hagan antes de julio”, aconseja Sobrino.





