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28 May, 2023

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¿Qué forma societaria elijo para montar mi empresa?

Si no sabes cuáles son las diferencias entre las sociedades, tranquilo. Te desgranamos las características de cada una de ellas para que elijas la que mejor se adapte a tus circunstancias.

¿Qué forma societaria elijo para montar mi empresa?

Antes de escoger un tipo de sociedad, hay que pararse a pensar cuál cumple los requisitos que necesitamos. Para ello, es necesario tener en cuenta las siguientes características:

  • La actividad que vamos a desarrollar.
  • El número de socios que van a formar parte de la sociedad.
  • El capital inicial del que disponemos.
  • La mayor o menor rigurosidad formal en la constitución y funcionamiento de la sociedad. Esto es, si se prefiere dar más flexibilidad y hacer menos controles a los socios o al revés.

Una vez que hemos evaluado estas premisas, disponemos del conocimiento suficiente para elegir la que más nos conviene.

Sociedad Limitada

Puede desarrollar cualquier actividad, excepto las que están reservadas por Ley a las Sociedades Anónimas como Sociedades Bancarias, Farmacéuticas, Gestoras de Fondos de Pensiones, Leasing, Seguros y otras.

Es la más adecuada para actividades en las que se prevea la participación de pocos socios, así como sociedades familiares o de profesionales o para desarrollar negocios con un pequeño desembolso inicial.

Debe tener como mínimo un capital de 3.000 euros, que puede estar o no totalmente desembolsado en el momento de firmar la escritura pública. No existe un capital máximo.

Sociedad Anónima

Pueden constituirse como anónimas aquellas sociedades que quieran cotizar en Bolsa.

En este tipo de sociedad se valora más el capital que aporta cada socio que las características personales de los mismos. Es adecuada para el desarrollo de actividades en las que se prevea la participación de un gran número de socios y una mayor movilidad de capital.

Debe disponer de un capital de 60.000 euros que deberá estar desembolsado, al menos, en un 25%. Es decir, con 15.000 euros podríamos constituir una S.A. No existe un capital máximo.

Sociedad Limitada Nueva Empresa

Una modalidad muy poco utilizada por la poca funcionalidad que ha ofrecido. Con la agilización de los trámites que se ha conseguido, una sociedad limitada ‘ordinaria’ no ofrece grandes obstáculos formales.

Cinco socios es el máximo permitido.

El capital mínimo son 3.000 euros y el máximo 120.000.

Sociedad Cooperativa

Es necesario un mínimo de tres socios.

El capital mínimo depende de los estatutos, aunque hay Comunidades Autónomas que exigen un mínimo.

En resumen, la S.L. te conviene si estás pensando en montar una empresa pequeña o mediana. Además, es con diferencia el tipo más frecuente entre el tráfico jurídico español. En el año 2014, de las 94.152 sociedades constituidas, el 99,23% fueron Sociedades Limitadas y tan solo el 0,75% Sociedades Anónimas.

Fuente: Ley de Sociedades de Capital y Consejo Notarial / Colegio de Abogados de Madrid / INE.