Advertisement
24 Mar, 2023

Emprendedores Logo

×

Una bronca del jefe puede provocar un accidente laboral

Una sentencia otorga la categoría de accidente laboral a la baja por depresión de una trabajadora tras una bronca de su jefe.

Una bronca del jefe puede provocar un accidente laboral

Una bronca del jefe podría desembocar en un accidente laboral. Así lo afirma el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en una sentencia que da la razón a una trabajadora que estuvo más de un año de baja por depresión tras recibir una carta de apercibimiento por parte de los Recursos Humanos de su compañía.

En dicha carta, la compañía afeaba su actitud durante los últimos meses, y le invitaba a cambiar su manera de actuar con sus compañeros. Tres días después de recibirla, la trabajadora se dio de baja por depresión, lo que para el tribunal es una prueba consistente de que se trata de un accidente laboral y no una baja por enfermedad común.

Según la ley, la única condición necesaria para considerar una baja como accidente laboral es que la naturaleza del accidente dependa de que la patología sea consecuencia exclusiva y directa del desempeño de su trabajo. Como resultado, el importe de la baja que la trabajadora recibe por su depresión deberá aumentar en cierta cantidad.

Tal y como ha explicado la empresa durante el proceso judicial, la trabajadora llevaba tiempo manteniendo una relación complicada con sus compañeros, a los que recriminaba sus errores utilizando un tono elevado y palabras inadecuadas. “Esta actitud es percibida por sus compañeros como soberbia, altiva y, en ocasiones, agresiva, lo que genera en ellos sensación de inferioridad, temor y ansiedad, de tal forma que ven el trabajo como una situación estresante”, expresaba la carta que desencadenó su accidente laboral.

Así, aunque la empresa pudiera tener razón en su comunicación hacia la trabajadora, el tribunal considera que fue un “acto objetivamente susceptible de producir en su receptora una alteración del ánimo por sus eventuales efectos en un desarrollo ordinario de la relación laboral e, incluso, en su propia persistencia”.

Además, consideran probado que fue esta comunicación la única causante de su baja, a pesar de que esto “pueda causar incapacidad para unas personas y otras no, en función de su personalidad”. Por eso, consideran que se trata de un caso de accidente laboral, algo que puede sentar precedente para futuros casos similares.

¿Qué es accidente laboral y qué no durante el teletrabajo?

La llegada de la pandemia, los confinamientos y el teletrabajo también han provocado una larga lista de dudas sobre qué se puede considerar accidente laboral. En este sentido, la ley entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena, de manera independiente al lugar desde donde desempeñe sus funciones.

Sin embargo, el teletrabajo ha provocado situaciones en las que es difícil “acreditar si el accidente laboral se produjo en tiempo y lugar de trabajo, cuestión que compete a los organismos públicos o Mutuas, mientras que se incrementará la dificultad probatoria en períodos de desconexión digital, en accidentes que se produzcan fuera del horario laboral o en desplazamientos al/desde el puesto de trabajo, donde se podría entender como invertida la carga de la prueba”, explica un experto en un reciente artículo de Emprendedores.

La casuística que puede darse es enorme, es por ello que conocer muy a fondo la normativa y procedimientos y, sobre todo, contar con un equipo especializado de profesionales para asesorar a los afectados en este camino, será una máxima si se pretende obtener un resultado óptimo y reducir al máximo los tiempos.