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27 May, 2023

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¿Con quién te interesa montar tu negocio?

Emprender en solitario supone mayor libertad para decidir y hacerlo junto a otros permite compartir responsabilidades.

¿Con quién te interesa montar tu negocio?

Le hemos pedido a expertos con un largo recorrido en creación de empresas que nos aconsejen a la hora de responder a la ¿sencilla? pregunta: ¿Con quién te interesa montar tu negocio. Estas son sus principales reflexiones:

1. ¿MUJER/HOMBRE ORQUESTA O RODEARSE DE LOS MEJORES?

Si tú sólo no puedes, lo mejor es que eches mano de especialistas. Claro está, como afirma Javier Donoso, consultor de empresas y director general de Creaciondempresas.es, “dependiendo de los recursos económicos y humanos de que dispongas. Para una microempresa será más económico subcontratar determinadas áreas de actividad como asesoría, informática, selección de personal, etc. Mientras que es conveniente contratar profesionales cualificados para las áreas propias de la actividad a la que se dedica la empresa. De esta manera, tendrás mayor control sobre la actividad productiva y mantendrás la calidad que redundará en el mantenimiento e incremento de la cartera de clientes, fundamental para crecer”. Rafael de la Fuente, fundador de la compañía Ambisat y asesor en creación de empresas, coincide en que “si son profesionales que se ocupan de temas críticos del negocio, incorpóralos a la plantilla porque aportan valor. En nuestro caso, cuando empezamos sabíamos de medio ambiente, pero no de gestionar facturas. Por eso, decidimos externalizar la gestión de las nóminas y contratamos una asesoría fiscal”.

2. ¿QUÉ ES MEJOR? ¿SOLO O EN COMPAÑÍA DE OTROS?

Depende… emprender en solitario supone mayor libertad e independencia para tomar decisiones sobre qué hacer, cómo y cuándo. Pero emprender junto a otros aporta compartir ideas, conocer otras propuestas que, tal vez, a ti no se te hubieran ocurrido y aunar experiencias profesionales, así como carencias formativas. Y no hay que olvidar dos aspectos fundamentales: el apoyo financiero de tu socio o socios, y compartir la responsabilidad de integrar una sociedad. “Emprender en compañía de socios tiene múltiples ventajas, siempre que se conozca muy bien al socio o socios. Se deben compartir filosofías de empresa, objetivos de negocio, modelos de gestión, etc. Y es conveniente que los socios se complementen en sus capacidades, supliendo las carencias del otro”, subraya Donoso.

Para este experto, entre los socios debe haber una relación muy sólida y tener en cuenta que las mayores fisuras se producen en tiempos de crisis y no de bonanza económica. “ Si se cumplen estos requisitos los socios compartirán la responsabilidad, el trabajo, la capacidad financiera y todo será positivo. Pero si no se tiene claro, lo mejor es empezar solo e intentar suplir las carencias con personal ajeno, financiación externa, etc. Una discusión entre socios puede acabar con la reputación de la empresa y con la posibilidad de seguir adelante por separado”.

Por su parte, De la Fuente recomienda que, si se puede, mejor sólo. Pero en el caso de que sean necesarios varios socios para iniciar una actividad –por falta de recursos y/o conocimientos–, es partidario de que uno tenga al menos el 51% de la empresa. “Cuando montas un negocio con amigos, todos tienden a adjudicarse un tercio. Es importante entonces redactar muy bien los estatutos sobre cómo resolver las diferencias que surjan, porque para coger dividendos todo el mundo se apunta, pero para aportar capital siempre hay problemas. En esos casos, es preferible que haya alguien que tome las decisiones, aunque se discutan y se pongan sobre la mesa, pero debe haber uno que decida con el 51%”.

3. DE AUTÓNOMO PASO A SER UNA SOCIEDAD

Si decides ser empresario individual, porque la inversión requerida para tu negocio no es muy grande y porque pagas menos a Hacienda, puede llegar el momento en que te convenga constituirte en sociedad. Como destaca Belén Castaño, del area jurídica de AJE Madrid, “la diferencia entre tributar por autónomo, hasta un tipo máximo del 45%, o por sociedades, al 30%-35%, es muy grande. A partir de 40.000 euros de cifra de beneficio neto (es orientativa) es más conveniente constituir, a efectos fiscales, una sociedad que ser autónomo, porque al tributar por IRPF y ser un impuesto progresivo, a mayor volumen de rendimientos, más impuestos pagas”. Otro motivo por el que puedes cambiar de personalidad jurídica es la previsión de crecimiento futuro del negocio. Es posible que tus previsiones indiquen la necesidad de hacer con el tiempo una ampliación de capital y tengas que dar entrada a nuevos socios. Y debido a esa ampliación de capital y de nuevos socios, las responsabilidades de la empresa también aumentan. Por lo que es mejor repartir esas responsabilidades entre varios. Recuerda un detalle: la SLNE admite un máximo de cinco socios, mientras que el resto de formas societarias no tiene limitación de socios.

4. Y TAMBIÉN DEPENDE DE UN TIPO SOCIETARIO A OTRO

También es posible cambiar de tipo de sociedad: “Todas las formas de sociedades mercantiles, es decir, las colectivas, las comanditarias, las cooperativas, las anónimas y las de responsabilidad limitada, así como las laborales, pueden transformarse. En la mayoría de los casos, el cambio se debe a la baja paulatina de socios trabajadores y por considerar un inconveniente la doble condición de los socios de trabajadores y socios partícipes en el capital social”, indica Amparo González de la Iglesia, abogada y experta en derecho mercantil. Otras veces la transformación de una sociedad anónima en limitada viene impuesta, por ejemplo, porque los accionistas no han desembolsado el capital mínimo. “Para hacer el cambio, es necesario otorgar escritura de transformación. El resto de requisitos son sencillos o complejos según la naturaleza de la sociedad. La escritura se otorga sobre los acuerdos adoptados en junta. Deben acreditarse aspectos como el consentimiento de los socios o, en los casos en que proceda, la identidad de los socios que quieren separarse; el balance de la sociedad cerrado el día anterior a la fecha del acuerdo de transformación; el balance cerrado el día anterior a la escritura, y los ejemplares de los anuncios, entre otros”, aclara esta experta. El CIF de la empresa también cambia si se pasa, por ejemplo, de una sociedad laboral o anónima a una limitada o a la inversa.

5. ¿ASOCIARNOS CON NUESTROS MEJORES EMPLEADOS?

En ocasiones, puede ser conveniente ofrecer a nuestros empleados ‘más fieles’ participaciones de la empresa. De la Fuente cree que es una buena opción fidelizar a aquellos empleados que han seguido los mismos pasos que el emprendedor. “De esta manera, se sienten socios, participan en las decisiones. Es bueno tener gente con la que puedas contar para que aporten ideas. Dos de mis empleados tienen participaciones en mi empresa, con un porcentaje inferior al que marca la ley para que sigan en el régimen general de la seguridad social y no se vean obligados a hacerse autónomos”. En este sentido, González de la Iglesia aclara este punto: “Tratándose de trabajadores que no ejerzan funciones de dirección ni de gerencia y que no estén vinculados por razón de parentesco o afinidad con los administradores de la sociedad, o con otros socios, lo que determina su inclusión en el régimen especial de trabajadores autónomos es que posean el control efectivo, es decir, cuando su participación en el capital de la sociedad sea igual o superior a la tercera parte del mismo”.