A Alejandro Touriño, experto en nuevas tecnologías y socio director de Ecija Abogados, le gusta recordar que el entorno digital no se rige por la ley de la selva. Numerosos derechos fundamentales que se vigilan en el mundo analógico, se vulneran impunemente en Internet pese a ser constitutivos de delito. Estas son, en su opinión, las áreas del Derecho que más se quebrantan en el entorno digital:
La propiedad intelectual
Prácticas que en el entorno digital se conocen como pirateo, del tipo copia/pega de contenidos digitales generados por terceros, aprovechamiento de material audiovisual ajeno sin solicitar el consentimiento del autor o adaptación de parte de un contenido a una obra que firmamos como propia, son actos cada vez más frecuentes. Pese a ello, no dejan de ser punibles puesto que es un bien, como cualquier otro, propiedad de quien los genera, bien sea compañía, profesional o cualquier persona. “Es importante no solo incentivar el proceso creativo, sino también la protección de esos contenidos en los entornos de la red”, dice Alejandro Touriño. En este sentido recuerda que existen marcos de actuación que delimitan lo que está permitido y lo que no y cuáles son las consecuencias “en caso de eventual incumplimiento”.
Privacidad
Este es, según el experto, uno de los derechos que se transgreden con mayor asiduidad en el entorno tecnológico. Relativa, sobre todo, a la protección de las personas físicas y su vida particular, la Constitución Española recoge el derecho a la privacidad en su artículo 18 donde se garantiza el “derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen”. El hecho de que una persona decida adherirse a una red social y compartir parte de su vida en el entorno digital, no autoriza a otros usos fuera de ese ámbito. Tampoco para usos comerciales. “Nos hemos acostumbrado a bajar la guardia en este sentido y empiezan a parecernos normales conductas que son ilícitas”, recuerda Touriño. La Ley de Protección de Datos (LOPD) reconoce a los ciudadanos la facultad de controlar sus datos personales y decidir qué se hace con ellos. Sin embargo, muchas veces, con preservar el anonimato que relacione la identidad de una persona con ese dato concreto es suficiente. No obstante, en 2018 empezará a aplicarse la normativa europea, en vigor desde el pasado mes de mayo, que exige mayor compromiso de las organizaciones, públicas y privadas, con la protección de datos. Habrá que estar preparados.
Prevención
Vinculado a los apartados anteriores y a todo lo que sean los activos intangibles de una empresa, se halla la prevención en materia de ciberseguridad. Relacionada, también, con la seguridad informática que afecta a los procedimientos, normas o técnicas que se destinan a conseguir un sistema de información seguro. “Nos referimos a que las compañías y los usuarios ponen el foco, cada vez más, en proteger su intimidad, sus derechos, sus valores y sus activos en los entornos digitales”, aclara Alejandro Touriño.
Conocimiento
Otra de las claves hace referencia a los entornos digitales como tales y se refiere al conocimiento por parte de otras empresas de los mismos. “Cuando una compañía, que está en pleno proceso de transformación digital, decide utilizar nuevas tecnologías o dar el salto a un entorno tecnológico hay que ser muy consciente de cuáles son los riesgos que se plantean. No es ni mejor ni peor abrazar una tecnología específica o un sistema determinado, pero sí son muy importantes para las compañías y sus trabajadores y usuarios conocer cuáles son los límites y los marcos de actuación que existen dentro de ellos”.
El Derecho digital no acaba con el analógico
Es a lo que antes se refería Touriño al decir que en Internet no rige la ley de la selva. “Internet es un entorno absolutamente regulado. Existen unas normas previstas solo para el entorno digital, pero también existen otras que han sido generadas en otro tiempo o en otro contexto y no por ello quedan desfasadas u obsoletas o, si lo han hecho, no han perdido su vigencia y eficacia”.