Si nos atenemos exclusivamente a los derechos legales de esta pyme, su actual problema no tiene solución. No se trataba de un proyecto realizado ad hoc para el cliente arrepentido y ni siquiera había un contrato de por medio. No se había cerrado la venta. De ahí que los responsables de Imagital hayan buscado nuevos compradores. En este caso fuera de nuestro país: “Preparamos el proyecto para vender en Dubai, lo presentamos y gustó. Querían algo diferente para Dubailand, que pretendía ser el primer parque temático del mundo, más grande incluso que Disneylandia de Orlando, con 259 kilómetros cuadrados de extensión. Pero de nuevo otro imprevisto nos impidió cerrar la venta: el país entra en crisis y el proyecto queda paralizado”, se queja Daniel Mas, de Imagital.
BUSCAR LOS MERCADOS CON MÁS HAMBRE DEL MUNDO
“Hablamos de una atracción en la que hemos invertido 330.000 euros, además de muchas horas de trabajo y esfuerzo. Tenemos que recuperar todo eso de alguna forma. Pero como somos incansables y el entusiasmo no lo perdemos ahora mismo estamos intentando venderlo en China y Abu Dhabi”, explica Mas.
EL CONSEJO DEL EXPERTO: CARLOS PAVÓN, de Iure Abogados
“Defiende tus derechos con o sin contrato”
Carlos Pavón, director del Departamento Mercantil de Iure Abogados, señala: “El contrato existe desde que concurren tres requisitos: consentimiento de las partes en asumir sus obligaciones contractuales, identificación del objeto del contrato y determinación de la causa de la contratación, por ejemplo, el precio en una compraventa. Si puede acreditarse que se han dado estos tres requisitos, con independencia de haberse alcanzado un acuerdo verbal o escrito, puede reclamarse de la otra parte el cumplimiento de sus obligaciones o bien la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios, y abono de intereses”.
DE NUEVO PREVENIR, PREVENIR Y PREVENIR
Ante estos casos, su consejo es prevenir. “Para asegurar el cumplimiento de un contrato es recomendable incluir una cláusula penal, que se configura como una sanción prevista entre las partes para el caso de incumplimiento, por ejemplo, una multa económica”. Y para cuando haya que reclamar nuestros derechos, este abogado prefiere “no descartar nunca la vía de la negociación como solución al conflicto, aunque el éxito de la misma dependerá de que ambas partes puedan confluir en sus intereses recíprocos con sacrificio mutuo. En caso contrario, la vía judicial y el arbitraje son las alternativas para hacer valer nuestros derechos, siendo recomendable el segundo sobre la primera, por la menor duración del procedimiento y su flexibilidad”.