Para el mercado libre, y a día de hoy, las comercializadoras se mueven en un margen que oscila entre el 5% y el 12%, tanto para los de más de 10 kW como para los de más de 15 kW. Pero hay que tener ciertas precauciones en esta materia:
SOBRE QUÉ RECAE EL DESCUENTO
Los hay que lo aplican en la Tarifa de Último Recurso y otros sobre la Tarifa Regulada que se estaba pagando antes de la liberalización. También debes ver si lo aplican sólo al consumo (que es la parte variable de la factura) o sobre la tarifa total. Lo más habitual es la primera opción. Aquí te mostramos las ofertas generales de las compañías analizadas, pero conviene pedir un presupuesto personalizado porque ya que cambian continuamente y el descuento total depende de las características del consumo y suministro.
CUÁNDO SE APLICA
Hay dos maneras: la aplicación inmediata desde el mes siguiente al alta o la acumulación del descuento hasta el 31 de diciembre de 2009. EON e Iberdrola, por ejemplo, repercuten el descuento sobre el total del consumo contabilizado a fin de año y lo abonan en la factura posterior, con la especificación de que si te das de baja antes de esa fecha, no tendrás derecho a él. En el caso de Iberdrola, que lo aplica hasta marzo de 2010, indican que si el descuento es superior al importe de la factura a pagar, el importe restante se abonará en la siguiente facturación.
SOBRE QUÉ FRANJA HORARIA
Analiza con detenimiento cuál es tu consumo porque en función del periodo en el que más utilices la energía (punta, llano y valle), más te interesará el descuento que se aplique en esa franja horaria. No olvides leer la letra pequeña. Es posible que el porcentaje se aplique sólo en algunas de esas franjas y quizás no te interese y también porque quizás puedas trasladar tu consumo a la franja horaria donde más descuento haya.
CUÁL ES SU DURACIÓN
Éste es un aspecto importante. Hay ofertas trimestrales, semestrales, anuales… Lo que hemos visto es que EON, Unión Fenosa y Gas Natural aplican el descuento sólo hasta el final del 2009. Otras, como Céntrica, lo hacen a un año. Endesa, entre nueve meses y un año. Iberdrola lo fija a marzo del 2010. HC Energía, en cambio, respeta el descuento durante la duración del contrato. Te interesa buscar aquella compañía que extienda el descuento el máximo posible. Sea cuál sea el porcentaje que te apliquen, calcula cuál va a ser el coste final anual que vas a pagar, porque si el tiempo en que esté en vigor el descuento es corto y la actualización posterior de tarifa es muy elevada, el resultado final no compensa.
Como explica Carmen Hinchado, directora de Empresas de Endesa, debes analizar muy bien el descuento medio real. Al final, según Marta Díaz Gállego, directora de Ventas B2C de HC Energía, “se trata de calcular tu potencia y consumo anuales y el ahorro totalque puedes conseguir en función de la tarifa que te corresponda”.
ACTUALIZACIÓN DEL PRECIO AL FINAL DEL PERIODO DE DESCUENTO
Es importante ver a qué índice se referencia el valor del kilovatio al final del periodo de descuento. Lo normal es que sea el que marque la TUR, pero también puede corresponder al precio de subasta de la energía eléctrica. Es importante que te molestes en hacer un cálculo anual de lo que te va a suponer el cambio, porque si te dejas llevar por los grandes números de descuento te puedes encontrar que al final estés pagando de más.
CLÁUSULAS DE PENALIZACIÓN
Fíjate en si tu contrato establece una cláusula de penalización. Ten en cuenta que p or ley puedes cambiar de comercializador al año sin que te apliquen ningún recargo. Antes de este periodo, puede haber penalizaciones, porque el mercado eléctrico tiene un funcionamiento peculiar: la energía se contrata en subastas y se paga por adelantado. Normalmente se realiza con coberturas bancarias para garantizar el pago, de manera que si el cliente falla la compañía se encuentra con una energía sobrante que debe vender en el mercado. En función de esto, son diferentes las penalizaciones.
- Porcentaje fijo. Algunas compañías establecen un porcentaje fijo sobre la energía que queda por suministrar. En el caso de Iberdrola, esta cantidad oscila entre el 3% y el 4% del total de la energía pendiente, “aunque sólo para los clientes con CIF; esta cláusula no se aplica a los autónomos que contraten con NIF”, recuerda Aitor Moso.
- Indexación a subasta. Otras establecen una penalización que indexan a las subastas de energía: “Cuando el cliente rescinde el contrato yo tengo que revender esa energía en el pool eléctrico y lo que hago es penalizarle con un porcentaje sobre el precio que al final tengo que pagar de más si pierdo dinero con la reventa. Si no pierdo, no le aplicamos penalización”, señala Santiago Chivite, director comercial de Céntrica.
- Cero penalización. Algunas, como Endesa o HC Energía, no tienen cláusula de penalización, pero en estos casos debes estar seguro de que no has vinculado tu permanencia a ningún servicio añadido. “A veces ocurre que no existe penalización, pero la oferta está asociada a la contratación de un servicio extra que debes seguir pagando aunque canceles el contrato”, señala Marta Díaz Gállego. En HC Energía sólo se paga el servicio hasta el mismo día en que se da de baja.
- Renovación automática. Fíjate si tu contrato tiene cláusula de renovación automática y si es así, estate muy atento a los plazos para evitar la cláusula de penalización.