MUJERES Y MATERNIDAD
Quiénes. Trabajadoras que tengan suspendido su contrato de trabajo indefinido por maternidad o excedencia por cuidado de hijo, cuya reincorporación se produzca en los dos años siguientes a la fecha del inicio del permiso.
Ventajas fiscales. Bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 100 euros al mes durante los cuatro años siguientes a la reincorporación efectiva de la mujer al trabajo. En el caso de que los contratos sean a tiempo parcial, la ayuda que se aplicará será proporcional a la jornada pactada en el contrato más un 30%.
A favor. Enfoque más pragmático, actitud comprensiva, mayor receptividad y humanización del trabajo.
En contra. Problemas en la gestión del tiempo y período de readaptación a los ritmos laborales.
PARADOS DE LARGA DURACIÓN
Quiénes. Personas en paro inscritas en las oficinas de empleo al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a su contratación.
Ventajas fiscales. Reducción de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, que podrá aplicarse por las empresas durante un periodo máximo de un año. Si el contrato lo realiza una pyme, la bonificación será del 100%, y del 75% para las más grandes (a partir de 250 trabajadores). Los contratos podrán ser indefinidos o temporales de al menos seis meses e implicarán una jornada laboral mínima del 50% de la habitual.
A favor. Ganas de trabajar y necesidad de sentirse útiles.
En contra. Haber estado fuera del trabajo mucho tiempo..
PERSONAS MALTRATADAS
Quiénes. Víctimas de violencia doméstica o de género, estén o no desempleadas.
Ventajas fiscales. Bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social, que en el caso de los contratos indefinidos a tiempo completo es de 850 euros anuales para los afectados por violencia doméstica y de 1.500 euros para las víctimas de violencia de género, durante cuatro años desde la contratación. Si es de carácter temporal, la deducción es de 600 euros anuales durante toda la vigencia del contrato.
A favor. Entusiasmo, ganas de aprender y aprecio por la confianza otorgada.
En contra. Secuelas físicas y psíquicas, necesidad de tiempo para estabilizarse.
EMPLEADOS EN EL EXTRANJERO
Quiénes. Trabajadores contratados fuera de España a los que la empresa paga mediante facturas.
Ventajas fiscales. Ahorro del IVA cuando la persona contratada esté fuera de la UE, en cuyo caso sus facturas no incluyen este impuesto. Si empresa y trabajador tienen el número intracomunitario, tampoco se paga IVA (sí en caso de que alguna de las partes no tenga ese número).
A favor. Conocimiento de otras realidades, culturas e idiomas y mente abierta.
En contra. Tendencia a comparar lo de fuera con lo nacional, sentido de superioridad e inconvenientes de no tener un trato directo.