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04 Jun, 2023

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La reforma del IVA se acuerda de ‘favorecer’ a las pymes

La Comisión Europea propone nuevas normas encaminadas a ofrecer a los Estados miembros más flexibilidad a la hora de fijar los tipos del IVA y crear un mejor marco fiscal que favorezca el desarrollo de las pymes.

La reforma del IVA se acuerda de ‘favorecer’ a las pymes

Junto con la reforma del IVA, la Comisión Europea abordaba el 18 de enero “el problema de las empresas más pequeñas que afrontan unos costes de cumplimiento de la normativa en materia de IVA desproporcionados”, anunciaba un comunicado de prensa de la Comisión. Según este, “las empresas que operan en otros países soportan unos costes de cumplimiento superiores en un 11 % a los de las empresas cuya actividad es solo nacional, viéndose más afectadas las empresas más pequeñas”. La circunstancia descrita obstaculiza no solo el crecimiento de estas pymes con ambición global, sino que afecta también a la economía general de los países teniendo en cuenta que, como recoge el comunicado, las pymes representan el 98 % de todas las empresas de la Unión.

“Por ello, proponemos que se permita a más empresas disfrutar de las ventajas de una normativa en materia de IVA más simple, a la que por el momento solo pueden acogerse las empresas más pequeñas. Los costes de cumplimiento en materia de IVA se reducirán globalmente un 18 % al año”, afirma.

Según la normativa actual, los Estados miembros pueden eximir del IVA las ventas de las pequeñas empresas a condición de que estas no rebasen un determinado volumen de negocios anual, que varía de un país a otro. Sin embargo, solo los operadores nacionales pueden acogerse a estas franquicias y las pymes en proceso de expansión pierden su posibilidad de acogerse a medidas de simplificación una vez que han rebasado el límite máximo para la aplicación de la exención. “Ello significa que no existen condiciones de igualdad para las pequeñas empresas que operan dentro de la UE”.

Por ello, mientras que se mantendrían los límites máximos vigentes actualmente para aplicar la exención, la normativa que se presenta ahora introduciría un nuevo umbral de ingresos de dos millones de euros por debajo del cual las pequeñas sociedades se beneficiarían de un proceso simplificado (tales como una simplificación del registro en materia de IVA, de la facturación y de las obligaciones de llevanza de registros), hayan sido o no exentas del IVA. También propone la posibilidad de liberar a las pequeñas empresas exentas del IVA de las obligaciones en relación con la identificación, la facturación, la contabilidad y las declaraciones en materia del IVA. Por último, Bruselas plantea que aquellas compañías con un volumen de ingresos menor a los 100.000 euros puedan beneficiarse de una excepción en el pago del impuesto.

Recuerdan no obstante, que todas estas propuestas legislativas deberán presentarse ahora al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo a efectos de consulta, y al Consejo para su adopción.

4 tipos de IVA

La lucha contra el fraude transfronterizo, ventanilla única, mayor coherencia y menos burocracia eran los 4 grandes objetivos que el pasado 4 de octubre anunciaba la Comisión Europea que esperaba conseguir con la mayor reforma del IVA de los últimos 25 años. El primer paso lo ha dado el 18 de enero con una propuesta en la que se da mayor flexibilidad a los Estados miembros para aplicar hasta 4 tipos de IVA, desde uno general, que deberá ser superior al 15%, hasta otros reducidos que acaban con la exención del impuesto (tipo cero) para determinados bienes.

En cualquier caso, se quiere introducir una salvaguardia que garantice que la media ponderada de los tipos del IVA en todos los países de la zona sea superior al 12%, al objeto de evitar la competencia fiscal entre los socios europeos y potenciales riesgos en la recaudación de los Estados. Práctica habitual de algunas empresas era establecerse en países con IVA reducido.

Actualmente, el modelo establece un tipo general de IVA de un 15% como mínimo que, en España, está fijado en el 21%. Además del tipo normal del IVA, los Estados miembros podrán ahora establecer dos tipos reducidos, a elegir entre el 5 y el 15%, otro tipo, a elegir entre 0 y 5%, y un último tipo de 0, conocido también como tipo nulo, para aquellos bienes que quieran eximir de la carga.

Actualmente en España, además del tipo general del 21%, hay un tipo reducido del 10%, y otro superreducido del 4% para los productos de primera necesidad.

En cuanto a la compleja lista actual de bienes y servicios a los que pueden aplicarse los tipos reducidos se derogará y será sustituida “por una nueva lista de productos (tales como armas, bebidas alcohólicas, juegos de azar y tabaco) a los que siempre se deberá aplicar el tipo normal del 15% o un tipo superior”, advierten desde la Comisión.

Las propuestas presentadas constituyen las últimas etapas de la revisión general por la Comisión de las normas en materia del IVA, que prevé la creación de un espacio único del IVA en la UE a fin de atajar, entre otras cosas, la merma de ingresos fiscales por el fraude transfronterizo en materia de IVA, que estiman por valor de 50. 000 millones euros al año.