Con carácter general, en 2020 la edad legal de jubilación se situará en los 65 años y 10 meses, frente a los 65 años y 8 meses que se requieren en 2019. El aumento se ajusta a lo previsto en las últimas grandes reformas del sistema de pensiones en las cuales se establecía un periodo transitorio hasta alcanzar los 67 años como la edad definitiva para jubilarse y la ampliación a 25 años del periodo de cómputo para el cálculo de la futura pensión.
Para aquellos trabajadores que en 2020 alcancen o superen los 37 años cotizados, la edad de jubilación se mantiene en los 65 años. En 2019, para poder jubilarse con 65 años bastaban 36 años y 9 meses cotizados.
Según aprobó el Ministerio de Trabajo en las reformas 2011-2013, a partir de 2013 la edad de acceso a la pensión de jubilación dependería de la edad del interesado y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral, requiriendo haber cumplido la edad de: 67 años o 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización. “Este requisito será exigible, en todo caso, cuando se acceda a la pensión sin estar en alta o en situación asimilada a la de alta”, matizaban.
De esta forma, se establecía un aumento gradual de las edades de jubilación y del periodo de cotización que iría en ascenso hasta 2027, cuando se prevé que la edad de jubilación llegue a los 67 años si se ha cotizado un tiempo inferior a 38 años y 6 meses. Si te interesa, puedes consultar la tabla aprobada hasta 2027 en la que se recogen los periodos cotizados y la edad exigida para acceder al 100% de la jubilación a través de este enlace .
En lo que respecta a la jubilación parcial, si se firma antes de que finalice el año en curso, la edad exigida es de 61 años y 8 meses o una cotización a partir de 34 años y 9 meses. La edad con 33 años cotizados es de 62 años y 4 meses. Sin embargo, a partir de 2020 suben los tiempos. A partir de próximo año la jubilación parcial se concederá a partir de los 61 años y 10 meses o a partir de los 35 años cotizados, mientras que si se cumplen los 33 años en la Seguridad Social la edad es de 62 años y 8 meses.
No obstante, el Ministerio de Trabajo ha publicado una guía en la que se explican los cambios que se producen en 2020 y años sucesivos para que cada cual estudie su situación y planifique cuándo puede y le interesa dejar de trabajar.
EL CÁLCULO DE LA CUANTÍA
Al aumento de la edad de jubilación, se suman los cambios que se aplicarán a partir de 2020 en lo que respecta a los cálculos de la cuantía a percibir. La cuantía de la pensión se determina aplicando a la base reguladora el porcentaje general que corresponda en función de los años cotizados y, en su caso, el porcentaje adicional por prolongación de la vida laboral, cuando se acceda a la jubilación con una edad superior a la ordinaria vigente en cada momento y el coeficiente reductor que corresponda.
Conforme a este criterio general, si en 2019 el cálculo se hacía dividiendo entre 308 las bases de cotización del interesado durante los 264 meses inmediatamente anteriores al mes previo a la jubilación, a partir de 2020, se computarán 23 años en lugar de 22, y habrá que dividir entre 322 las bases de cotización durante los 276 meses inmediatamente anteriores.
A partir del año 2022, la base reguladora será el cociente que resulta de dividir por 350 las bases de cotización del interesado durante los 300 meses inmediatamente anteriores al del mes previo al del hecho causante.