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28 Mar, 2023

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Conoce los retos legales que traen las tecnologías

El acceso a todo tipo de empresas desde el móvil, el uso de la geolocalización o la creatividad de tuiteros generan conflictos legales por subsanar.

Albert Agustinoy y Jorge Monclús, son los autores del libro Aspectos legales de las redes sociales y abogados de Cuatrecasas Gonçalves Pereira. Ellos explican cuáles son esos retos legales que están planteando las nuevas tecnologías y que habría que subsanar.

Protección de datos

En 2018 se empezará a aplicar el nuevo reglamento europeo de protección de datos, que “unifica el tratamiento de datos en los 28 estados miembros de la UE y que moderniza la regulación actual. La LOPD es de 1999, cuando no estaba generalizado el uso de medios de comunicación electrónicos en aparatos personalizados como los móviles. O el uso de tecnologías de recolección masiva de datos y el tratamiento posterior como el Big Data”, explica Albert Agustinoy. En ese ánimo de actualización, el nuevo reglamento “recoge ya de forma expresa el conocido derecho al olvido como uno más dentro del abanico de derechos que tienen los usuarios respecto a sus datos personales”.

Luego hay una serie de retos para las empresas, en general, ya que ahora prácticamente todas hacen algún procesamiento de datos de sus clientes. “Cada vez son más las que se sirven de las tecnologías para la extracción y tratamiento de datos de forma masiva, para poder vender, por ejemplo, un programa que facilite la toma de decisiones en procesos empresariales atendiendo al conocimiento de millones y millones de perfiles de usuarios de este tipo de productos”, añade el abogado de Cuatrecasas Gonçalves Pereira.

Conflictos relacionados con el Big Data

Las empresas cada vez recogen y analizan más datos que obtienen no sólo a través de métodos tradicionales (correo electrónico, formularios, etc.), sino también desde las redes sociales, dispositivos móviles conectados a Internet, wearables, etc. “Cuando esos datos afectan a una persona identificable, entra en juego la normativa de protección de datos. Por ejemplo, si utiliza la geolocalización –obtenida a través de un dispositivo conectado– vinculada con una persona con nombre y apellidos, desde el punto de vista de protección de datos es necesario haber obtenido previamente su consentimiento para poder conocer este dato y poder tratarlo”, comentan Albert Agustinoy y Jorge Monclús. Además, en determinadas circunstancias, “por ejemplo, al ser posible localizar y seguir la situación 24 horas al día de una persona y, a través de esa información, configurar un perfil que podría llegar a incluir datos sensibles, podría también resultar afectado su derecho fundamental a la intimidad que recoge la Constitución”, afirman.

Derechos de autor

“La ley de propiedad intelectual muchas veces tiene difícil encaje con las nuevas tecnologías. Por ejemplo, cuando habla de obras protegidas piensa en un libro o una película, pero no en un tuit. No se sabe hasta qué punto encaja o puede considerarse una obra a los efectos de propiedad intelectual un tuit. En los vídeos de Youtube sí que tenemos una protección mayor porque la ley sí recoge la protección para obras audiovisuales y también para grabaciones audiovisuales”, explica Jorge Monclús.

¿Puede un tuit llegar a ser considerado una obra protegida? “Aunque sólo tenga 140 caracteres, si se trata de una obra creativa, esa creación tiene una originalidad suficiente y, por lo tanto, se distingue de otras obras preexistentes, podremos estar ante una obra protegible por la normativa de derechos de autor. Sí podría llegarse a plantear”, añade.

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