La protección intelectual es uno de los temas más desconocidos por los emprendedores, pero no por ello es menos importante. Si no, que se lo digan a Atresmedia, que ha sido obligada por la justicia a dejar de emitir el mítico rosco de Pasapalabra, tras considerar que el programa no es el propietario de su sección más famosa. Además, han condenado a indemnizar con 50.000 euros a los demandantes por daños morales.
Los propietarios de los derechos de “El Rosco” es la empresa holandesa MC&F, que lleva varios años litigando con Atresmedia sobre la emisión de esta sección en Pasapalabra. La compañía se hizo con los derechos intelectuales de la misma después de que sus creadores los cedieran hace más de dos décadas. En 1998, MC&F cedió la licencia de la sección al programa italiano ‘Passaparola’, un concurso que llegó a España años más tarde, aunque, al parecer, sin la licencia correspondiente para emitir el rosco.
A pesar de la sentencia, desde Atresmedia han afirmado que seguirán emitiendo su mítico rosco. Al menos, hasta que se resuelva el recurso que han presentado ante el Tribunal Supremo, que podría alargarse hasta tres años. En él, se alega que una sentencia previa ya dio la razón a Antena 3, y que esta fue confirmada en los más altos niveles judiciales.
La polémica alrededor de los derechos intelectuales de la sección de Pasapalabra, sin embargo, sí que sirve para explicar a la perfección la importancia de la protección de los derechos intelectuales en tu negocio, una tarea que no siempre se trata con la gravedad que entraña.
¿Qué se puede registrar y qué no con las leyes de protección intelectual e industrial?
Unai Olabarrieta, abogado de De Iure Asesores, recordaba hace un tiempo, en otro artículo de EMPRENDEDORES, “la importancia que tienen estos derechos inmateriales y el escaso valor que le dan las pymes. Los balances y cuentas de resultados de las empresas solo recogen los gastos que comporta la generación de estos derechos, pero no son conscientes de que una marca puede llegar a ser la principal fuente de generación de ingresos de una empresa.”
Así, como emprendedor, debes tener muy en cuenta cuáles son las ideas, diseños, nombres o marcas que están contempladas en las leyes de protección intelectual e industrial.
Protección Intelectual
La protección intelectual en España se articula alrededor de la ley de Propiedad Intelectual, que protege las creaciones originales literarias, artísticas o científicas. A todos los efectos sería el llamado derecho de autor. Aunque la protección como obra intelectual es automática y no precisa de ningún registro, los expertos sí recomiendan acudir al registro para hacer constar la obra.
En este punto, conviene recordar que quedan excluidos de esta normativa las ideas y los modelos de negocio, ya que solo se hace referencia a las formas de expresión concretas. Además, el límite temporal de la protección intelectual termina 60 años después del fallecimiento del autor.
Protección industrial
Mención aparte merece la protección industrial, mucho más utilizada en el caso de los emprendedores. Articulada alrededor de las leyes de Marcas y Patentes. Estas protegen los diseños industriales, las marcas y los nombres comerciales, así como las patentes y sus modelos de utilidad. Sin embargo, existen algunos casos en los que la protección intelectual e industrial se hace más complicada. Por ejemplo, en el caso de los olores y sabores, los sonidos, los colores…