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26 Mar, 2023

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¿Cómo nos afectará la reforma?

Hemos preguntado a expertos fiscales y economistas y nos han trazado un panorama de suspensión temporal de contratos y despidos para reestructurar pymes muy en crisis. Además, no parece que se vaya a crear trabajo mientras que no se reactive la economía.

A estas alturas ya tienes que haber leído mil y un análisis sobre la reforma laboral –pendiente todavía de trámite parlamentario, aunque haya sido aprobada por decreto ley–, así que te preguntarás –con razón– qué te vamos a contar nosotros que no hayas leído ya. Nosotros, a falta de una bola de cristal, nos hemos ido a preguntar a expertos fiscales, asesores de empresas en crisis y a economistas qué le espera a la economía española y a los emprendedores a corto plazo –en 2012– con esta reforma.

¿Con qué nos vamos a encontrar a corto plazo? Con que el abaratamiento de los despidos a través de Expedientes de Regulación de Empleo sin autorización administrativa ayudará a reestructurar empresas en crisis, sobre todo a pymes a punto de entrar en concurso de acreedores –5.821 empresas, en 2011, según el Instituto Nacional de Estadística–, y con que, a pesar de las medidas para incentivar la contratación de menores de 30 años, no se creará empleo, como muy pronto, hasta 2013, y siempre, claro, que se recupere la actividad económica y vuelva a haber financiación.

Abaratamiento del despido
El verdadero efecto de la reforma está en la modificación de las condiciones para que se apruebe un ERE, tanto de extinción de contratos –con indemnizaciones de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 meses, con independencia de la antigüedad de los empleados– como de suspensión temporal de empleos. Ahora ya no se requiere la aprobación del Ministerio de Trabajo: basta con argumentar tres trimestres seguidos de pérdidas o de bajada sustancial de ingresos.

“La mayoría de las medidas ya existían en la legislación laboral anterior, pero tenían unos requisitos muy rígidos que hacían imposible que los empresarios accedieran a ellas. La novedad está en la flexibilización que introduce el Gobierno: un empresario puede despedir a un trabajador unilateralmente sin necesidad de una autorización administrativa, con independencia de que luego el trabajador pueda ir al tribunal a reclamar”, explica Verónica Doblado, abogada especialista en derecho concursal del despacho IURE Abogados.

Está claro que esta medida no favorece a los trabajadores… “En términos generales, esta reforma lo que va a conseguir es salvar a empresas en dificultades. Son medidas pensadas para las que se encuentran en crisis y necesitan una reestructuración interna. Para ese 99% de las empresas que entran en concurso de acreedores en liquidación y cierre”, asegura.

“Son medidas de peso como para que no cierren. Se trata de mecanismos para la reestructuración de empresas. Piensa que los gastos laborales son una parte importante de una empresa. A una empresa le va a ayudar. El despido de 20 días favorece que no sea tan costoso para una empresa en concurso despedir a los trabajadores, porque esas indemnizaciones son unos créditos contra la masa”, continúa Doblado.

Así, una de las principales preguntas que plantea a corto plazo la nueva reforma laboral es si impulsará el número de expedientes de regulación de empleo. En 2011 los ERE crecieron casi un 20%: un total de 19.100 expedientes fueron autorizados el año pasado, el 75% de ellos en pymes de menos de 50 empleados, que dejaron en la calle a 280.350 empleados, según el Instituto Nacional de Estadística.

¿Y más empleo a corto…?
“En el corto plazo, no va a crear mucho empleo. Cuando flexibilizas un mercado laboral tan rígido como el español, la primera consecuencia, está claro, va a ser más paro. Durante dos años, una reforma así puede destruir empleo, pero después se recuperará, sin duda, con más fuerza. Si esto se hubiera hecho en un momento de bonanza económica, no se notaría tanto la destrucción de empleo”, plantea Gayle Allard, vicedecana de Investigacion del Instituto de Empresa (IE).

“La reforma laboral está relacionada con el comportamiento de la actividad económica y es difícil saber qué va a ocurrir. No se puede decir que se vayan a crear tantos puestos de trabajo o a destruir tantos otros. La reforma tiene muchos matices. Hay temas como los descuelgues de los convenios, que tendrán efectos a más largo plazo. Lo que parece evidente es que no va a haber un beneficio inmediato”, apunta Juan Carlos Martínez Lázaro, profesor del área de Economía del IE.

Trabajos que no existen
La reforma pretende también fomentar la creación de nuevos empleos para jóvenes menores de 30 años [ver despiece sobre la letra pequeña de la contratación], pero para eso, coinciden los expertos consultados, habrá que esperar, a medio plazo, la recuperación de la actividad económica: no se pueden crear empleos que, sencillamente, no existen ahora mismo.

“Es difícil saber cómo funcionará. No creo que vaya a tener un efecto en la contratación a corto plazo. Independientemente de que la reforma pueda ser beneficiosa para contratar porque abarata los costes del despido, la primera premisa que hay que tener en cuenta es que para contratar tiene que haber actividad económica. Y eso no es previsible que ocurra en los próximos meses. Sí que es cierto que habrá empresas que estén creciendo, que estén en nichos concretos, que contratarían aunque no se hubiera hecho la reforma. Otra cosa es que en un momento dado la contratación se haga bajo esos auspicios y fomente la proporción de personas fijas en los nuevos contratos”, apunta Martínez Lázaro.

“Tampoco hay un abaratamiento tan exagerado del despido en la rebaja de las indemnizaciones en el caso de los despidos improcedentes [de 45 días a 33 días]. No hay un abaratamiento como el que dicen los sindicatos. Está claro que no es una medida para los trabajadores”, advierte la abogada especialista en derecho concursal del despacho IURE. Con lo que otra vez volvemos a los ERE sin autorización administrativa y con indemnizaciones de 20 días.

¿Quién sale del mercado?
“En la exposición de motivos se habla de potenciar que no se despida en función de la antigüedad porque la indemnización sería enorme y no se tiene en cuenta la productividad de ese trabajador, que es lo que debería primar y lo que, por cierto, reclama Europa. La exposición de motivos intenta presionar para que esta situación se supere. Que las empresas a la hora de despedir no tengan tanto en cuenta la antigüedad como la productividad. Así también se fomenta el empleo de los jóvenes”, apunta Doblado.

“Cuando arrancó la crisis, los primeros que salieron a la calle fueron los temporales. Entre 2008 y 2009, la baja de temporalidad descendió cinco puntos… lo que no había conseguido ninguna reforma laboral. Pero no es que se redujera la temporalidad, sino que se ponía a gente en la calle y se despedía porque eran los más baratos de despedir. En la segunda ola se ha echado a los empleados fijos más baratos de despedir porque tenían una antigüedad menor”, recuerda Martínez Lázaro.

¿Y el consumo? ¿Qué pasa?
La siguiente pregunta es qué efecto tendrá sobre el consumo, un consumo que ya se va a ver tocado a partir de este mes con el incremento de las retenciones en las nóminas y que se incrementaría todavía más con la posible subida del IVA en meses venideros para cumplir con las exigencias de la Unión Europea.

“En el caso del descuelgue salarial se han introducido también muchas novedades. El empresario también puede, a partir de ahora, reducir la jornada laboral o aplicar una reducción del salario por causas económicas y de mercado. Sólo tiene que acreditar pérdidas continuadas durante tres trimestres consecutivos”, advierte Delgado. Y en el caso de que un empleado no acepte estas nuevas condiciones, la empresa podría despedirle de forma procedente con una indemnización de 20 días por año trabajado.

“Todo esto puede tener efectos en personas que se vean en la diana. En función de la expectativa de incremento del desempleo, el consumo se podría ver afectado. Pero si se produce, va a ser más pequeño que el efecto que se producirá ahora con el incremento de las retenciones a cuenta con la subida de los tipos del IRPF…”, concluye Martínez.