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29 Mar, 2023

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Ampliación del contrato de fomento

Generalización del uso del contrato de fomento

Más efectiva puede ser la generalización del uso del contrato de fomento, una figura que ya existía pero solo abierta a algunos colectivos de trabajadores, como los jóvenes de 16 a 30 años, los mayores de 45 años, las mujeres desempleadas, las personas con más de seis meses en el paro o los discapacitados. Tras la reforma, este contrato –que fija 33 días de indemnización por año en el caso de los despidos objetivos– pasa a ser de aplicación casi universal al incluir a los trabajadores con más de tres meses en las listas del desempleo, los parados con edades entre 31 y 44 años que hayan tenido un contrato fijo y que se les hubiera extinguido, a los desempleados que en los dos años anteriores hubieran estado con contratos temporales o a los contratados temporales a quienes la empresa quisiera hacer fijos desde la reforma. García Perrote opina que este contrato, que fue reformulado en el 2001, “ya ha tenido más éxito que el indefinido normal. Ha sido utilizado por los empresarios para convertir empleo temporal en empleo indefinido”.

La reforma ha penalizado los contratos temporales

Para acabar con el encadenamiento de contratos temporales, al trabajador se le hará fijo cuando ha estado con dos o más contratos en el mismo puesto “o diferente” y en la misma empresa “o grupo de empresas”. Además, se sube la indemnización por cese de contrato. “Salvo en los contratos formativos y en los interinidad, en los demás se sube la indemnización de ocho a 12 días, de forma paulatina entre el 2010 y el 2015”, explica Perrote. Este abogado apunta que con ese cambio “se ha buscado que no haya tanta dualidad en la indemnización entre contratos indefinidos y temporales y hacer más atractivos los primeros”. Pero todos estos cambios le parecen tímidos a Daniel Patricio Jiménez, profesor de ESIC. “Esperábamos que se creara un nuevo modelo de contrato”, aclara.