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30 May, 2023

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¿Cuál es la responsabilidad de mi empresa?

En noviembre pasado entró en vigor la reforma que hace responsable penal de los delitos monetarios a las empresas. El bufete de abogados Roig, Bergés y Martínez nos aclara los aspectos más destacados.

¿Cuál es la responsabilidad de mi empresa?

La crisis ha elevado los delitos económicos de las empresas. Según la Fiscalía General del Estado, el número de procesos por delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social se incrementó el año pasado hasta un 40,87%, los delitos de estafa un 11% y los delitos de blanqueo de capitales, un 10%. En este contexto, en noviembre pasado entró en vigor la reforma del Código Penal aprobado en 2010 que convierte en responsable penal a las empresas que cometan delitos monetarios.

Multa o disolución
“Pueden ser condenadas a penas que van desde la multa a la disolución de la sociedad mercantil”, explica Mariana Roig, abogada socio de Roig, Bergés & Martínez Abogados Penalistas, para quien “estas reformas penales obligan a los propietarios de cualquier sociedad de capital a hacerse nuevos planteamientos a la hora de escoger a los administradores de sus sociedades, supervisar su trabajo y el de sus empleados”. Este bufete de abogados responde a preguntas fundamentales para entender esta reforma.

¿Cuándo es responsable penalmente la empresa? Lo es por conducta ilegal del administrador o representante legal de la empresa y que además el delito se haya cometido en nombre o por cuenta de la sociedad mercantil en provecho de la misma.

“Se entiende como tal tanto el provecho directo (obtención de un beneficio empresarial) como el provecho indirecto (ahorro de un coste a sabiendas de que se incrementa el riesgo de un resultado delictivo, beneficio estratégico desde el punto de vista de la posición en el mercado, etc.). Se descartan pues aquellos supuestos en que la víctima es la propia empresa”, aclara Roig.