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28 Mar, 2023

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Todos los autónomos deberán estar en el Sistema RED a partir del 1 de abril

A partir del próximo 1 de abril todos los trabajadores autónomos deberán estar afiliados al sistema RED. No obstante, el plazo dado por la Administración para tramitar esta formalidad se extiende hasta el 30 de septiembre.

El pasado día 6 de marzo el BOE publicaba la orden EES/214/2018 que modificaba otra precedente (EES/484/2013, de 26 de marzo) por la que se regula el sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social, conocido como el Sistema RED. El denominado Sistema RED constituye la principal plataforma de acceso a los servicios electrónicos de la Seguridad Social a través del cual se realizan los trámites y actuaciones de las empresas con la Administración de Seguridad Social. La Orden EES de hace más de cuatro años estableció la obligación de las empresas en la utilización de la Plataforma, excluyendo entonces a los trabajadores autónomos, en la medida que se valoraba que este colectivo no había evolucionado suficientemente en materia de desarrollo digital como para extender la obligación a los mismos.

Sin embargo, ahora entienden que los autónomos ya están lo suficientemente maduros para para adscribirse a él. Lo que presumiblemente se persigue con esta modificación es facilitar la comunicación online directa entre la Administración y los autónomos sin que esta pueda verse interrumpida por posibles alteraciones, como puede ser un cambio de domicilio fiscal. Conforme a esto propósito, con muy pocas salvedades, todos los autónomos deberán haberse incorporado al Sistema RED en el plazo de seis meses.

Excepto para aquellos autónomos que ya tienen contratado algún empleado, para los que ya era obligatorio este trámite, el resto podían incorporarse voluntariamente. Sin embargo, según apreciación de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) el 90% de los autónomos que trabajan con alguna gestoría ya están incorporados al sistema.

No obstante, la recomendación de UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos) es no relajarse y delegar en las gestorías la comprobación de saber si están o no ya dentro del Sistema RED, dado que el responsable, en caso de infracción, no es el gestor sino el administrado. Su consejo para cerciorarse es que el trabajador autónomo acuda personalmente a la Tesorería de la Seguridad Social con su DNI y comprueben in situ si están ya afiliados o no y, en este segundo supuesto, que les indiquen cómo hay que hacerlo. Según Eduardo Abad, presidente de UPTA, la medida podría afectar a, aproximadamente, un millón y medio de autónomos aunque el colectivo total lo integran 3.200.000.

Por otro lado, SAGE publicaba hace unos días un post donde se afirmaba que la incorporación al sistema RED implica para los autónomos la obligatoriedad de disponer de un certificado electrónico para enviar telemáticamente todas las comunicaciones con la Seguridad Social y recibir sus notificaciones. Sin embargo, desde UPTA se anuncia una interpelación a la Administración para que sea ella la que informe uno a uno a cada trabajador autónomo de los requisitos exigidos para incorporarse al Sistema, cómo deben hacerlo y la compatibilidad o no de este trámite con otros ya realizados, como puede ser la disposición del certificado digital. Eduardo Abad argumenta esta necesidad informativa apelando a la ignorancia burocrática y telemática que todavía padeden gran parte de los autónomos con respecto a estos temas.

Ayuda por parte de la Administración

Así lo hacen saber en un comunicado publicado recientemente donde afirman que “UPTA considera urgente que, para evitar las distorsiones o incidencias negativas que podría acarrear esta medida, desde las Administraciones Públicas, en particular la propia Administración de la Seguridad Social y la Secretaria de Estado para la Sociedad de la información y la Agenda Digital, articulen un programa de apoyo, tanto formativo como para el acceso a medios materiales que permitan en estos seis meses las generalización de medios y conocimientos suficientes entre los autónomos para aplicar la nueva obligación en términos razonables y positivos”.

Una vez incorporados, las actuaciones que necesariamente deberán hacerse por el Sistemas son: Inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores, así como cotización y recaudación; comunicación de partes médicos de baja; comunicaciones de suspensiones de contratos de trabajo y cualesquiera otras actuaciones que vengan exigidas por la normativa de seguridad social.

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