Advertisement
31 May, 2023

Emprendedores Logo

×

Puesta a punto para estar al día en la gestión emprendedora

Tanto el 2021 como el 2022 son años extraordinarios a nivel legislativo, por la situación general que vive el mundo y que nos afecta a todos, a causa de la covid-19. Aquí te presentamos las novedades más destacadas y que afectan a la gestión de un negocio.

Puesta a punto para estar al día en la gestión emprendedora

En el ámbito tributario, se han aprobado muchas medidas excepcionales, transitorias muchas veces, para paliar los efectos de la pandemia, con prórrogas de plazos, ampliación de procedimientos, etc. Junto a ello, y empujada por la situación económica derivada del momento en que vivimos, la necesidad de recursos por parte del Estado ha desembocado en la subida de impuestos, por ejemplo, en el marco del IRPF, con elevación de los tipos de gravamen, con el establecimiento de una tributación mínima en el IS, o la subida y modificación de los impuestos especiales y, por otro lado, con la aparición de nuevas figuras tributarias, como los impuestos sobre las transacciones financieras y sobre los servicios digitales y otras nuevas proyectadas. 

También deben tenerse en cuenta las novedades en el ámbito de la imposición indirecta, provenientes de Directivas de la UE, aplicables a partir de 2021, que afectan fundamentalmente al IVA, junto a los efectos del Brexit. Así, nos encontramos con una nueva tributación del IVA en destino. 

Para estar al tanto de todas estas novedades, así como de los profesionales que pueden ayudarte, puedes descargar gratis la Guía Jurídico y Fiscal 2022.

Estas operaciones, desde el 1 de julio de 2021, quedan sujetas al IVA en el Estado miembro de llegada de la mercancía o de establecimiento del destinatario, por lo que consolidan la generalización del principio de tributación en destino en el IVA. 

Por otra parte, la gestión tributaria del comercio electrónico en el IVA se sustenta en la ampliación de los regímenes especiales de ventanilla única que pasan a ser el procedimiento específico previsto por la ley para la gestión y recaudación del IVA devengado por estas operaciones a nivel comunitario. La nueva regulación del comercio electrónico en el IVA involucra también, por primera vez, a los titulares de las interfaces digitales que facilitan el comercio electrónico, que se convierten en colaboradores de la propia recaudación, gestión y control del impuesto.

2021 ha traído numerosas novedades tributarias: desde la subida del IRPF a la aparición de impuestos sobre transacciones financieras y servicios digitales o cambios en la aplicación del IVA del comercio electrónico.

Por su parte, los Presupuestos Generales del Estado para 2021 contemplan varias medidas importantes que afectarán a las declaraciones a presentar en el 2022, como el incremento del tipo de gravamen en IRPF para las rentas del capital a partir de 200.000 euros y para las rentas del trabajo a partir de 300.000 euros; incremento en el Impuesto sobre Patrimonio para fortunas superiores a los 10 millones de euros; tipo de gravamen mínimo del 15% en el Impuesto sobre Sociedades para las SOCIMIs, aumento de la tributación en la repatriación de dividendos de grandes empresas así como una rebaja en los beneficios fiscales de los planes de pensiones privados.

Además, hay otras medidas fiscales aprobadas por el Gobierno con vigencia actual, entre las que podemos destacar por su importancia las siguientes, sin prejuicio de la normativa propia aprobada por las Comunidades Autónomas: 

La Aprobación de la Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal: que aprueba medidas muy diversas, de diferente calado, en el ámbito tributario, y que afectan a la gran mayoría de impuestos estatales. Entre estas medidas destacan la modificación en la transparencia fiscal internacional, la modificación del régimen de las SICAVs y de la tributación de las  SOCIMI, la sustitución del valor real por el valor de referencia del Catastro en los impuestos patrimoniales, la modificación en la regulación relativa a la reducción del 60% aplicable a rendimientos del capital inmobiliario derivados del arrendamiento de viviendas, modificaciones en la tributación de seguros de vida en el IRPF y en el IP o tributación de los pactos sucesorios. 

Los primeros efectos en las cotizaciones de autónomos no se verán hasta 2023. El nuevo planteamiento parte de 13 tramos de cotización para facilitar la máxima flexibilidad.

Se introducen también numerosas modificaciones en la Ley General Tributaria, afectando a los recargos por extemporaneidad, a los intereses de demora, la obligación de informar de bienes y derechos en el extranjero, la información sobre criptomonedas o la autorización judicial para la entrada en el domicilio de los obligados tributarios. También conviene destacar la modificación en la prohibición de los pagos en efectivo y, en concreto, en la reducción de los importes umbrales anteriormente vigentes (de 2.500 euros a 1.000 euros).

La Obligación de informar sobre mecanismos transfronterizos de planificación fiscal: se establece que los intermediarios fiscales (abogados, asesores, gestores administrativos…) o los obligados tributarios interesados (cuando exista, por ejemplo, la obligación por parte del intermediario de secreto profesional o cuando no exista intermediario, ya que el asesoramiento lo efectúan abogados o asesores de la empresa y esta sea la obligada a informar) deberán dar información sobre los mecanismos transfronterizos en los que intervengan o participen cuando concurran alguna de las señas distintivas que impliquen planificación fiscal.

El restablecimiento de la obligación de información sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos (Modelo 179): el Real Decreto 366/2021, de 25 de mayo, reintroduce la obligación de presentar dicha declaración periódica y que entró en vigor el 26 de junio de 2021. A mediados de 2020, los tribunales dejaron sin efecto, por motivos formales, la obligación de presentar este modelo.

Además, están pendientes de aprobarse otras normas de interés tributario, como por ejemplo: la aprobación del Proyecto de Ley de Presupuesto Generales del Estado 2022 o la nueva reforma fiscal que podría ver la luz en 2022-2023, según el Ministerio de Hacienda, que incluye entre otras medidas: la reforma del régimen de módulos de los trabajadores autónomos o la implantación de un tipo de gravamen mínimo en el Impuesto sobre Sociedades del 15% en general.

Entre las principales medidas laborales aprobadas por el Gobierno con vigencia actual (sin perjuicio de las medidas concretas o ayudas de carácter laboral, de las que también pueden beneficiarse los autónomos y empresas aprobadas por las diferentes Comunidades Autónomas, Ayuntamientos y Diputaciones) podemos destacar las siguientes, además de la reforma de las pensiones y la futura cotización por tramos de los trabajadores autónomos (en recuadro pág. 8 y 9): 

Las claves de la nueva Ley contra el Fraude Fiscal

El 11 de julio de 2021 entró en vigor, con carácter general, la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que aprueba medidas muy diversas, de diferente calado, en el ámbito tributario, y que afectan a la gran mayoría de impuestos estatales.

Entre estas medidas destacan la modificación en la transparencia fiscal internacional, la modificación del régimen de las SICAVs, y de la tributación de las SOCIMI, la sustitución del valor real por el valor de referencia del Catastro en los impuestos patrimoniales, la modificación en la regulación relativa a la reducción del 60% aplicable a los rendimientos del capital inmobiliario derivados del arrendamiento de viviendas, modificaciones en la tributación de los seguros de vida en el IRPF y en el IP,  tributación de los pactos sucesorios y se introducen también numerosas modificaciones en la Ley General Tributaria, afectando a los recargos por extemporaneidad, a los intereses de demora, la obligación de informar de bienes y derechos en el extranjero la información sobre criptomonedas o la autorización judicial para la entrada en el domicilio de los obligados tributarios.

Además, se regula de nuevo la lista de morosos, rebajando el umbral a 600.000 euros de deuda e incluyendo en la misma a los responsables solidarios. 

La nueva Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal aprueba medidas diversas que van de la transparencia fiscal internacional a la información sobre criptomonedas.

También conviene destacar la modificación en la prohibición de los pagos en efectivo. Así, se disminuye el límite general de pagos en efectivo entre empresario y profesionales de 2.500 a 1.000 euros, y de 15.000 a 10.000 euros cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional. Esta disminución del límite general se aplicará a todos los pagos efectuados desde el 11 de julio de 2021, aunque se refieran a operaciones concertadas con anterioridad al establecimiento de la limitación.

¿Cómo afecta la reincorporación de los trabajadores tras el ERTE?

El pasado 28 de mayo entró en vigor el nuevo Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos, el cual explica cómo realizar la vuelta a la actividad para las empresas que han llevado a cabo un ERTE y cuáles son las exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social, límites y demás.

Para aquellos trabajadores que han sido afectados por un ERTE de Fuerza Mayor o de limitación e impedimento, y que la empresa se haya aplicado exoneraciones a la cuota de la seguridad social, durante seis meses, la empresa debe mantener el empleo de los trabajadores desafectados.

Dichos seis meses se contabilizan desde la fecha de reanudación de la actividad, entendiendo por tal la reincorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el expediente, aun cuando esta sea parcial o sólo afecte a parte de la plantilla.

No se considerará incumplido dicho compromiso cuando el contrato de trabajo se extinga por despido disciplinario declarado como procedente, dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de la persona trabajadora, ni por el fin del llamamiento de las personas con contrato fijo-discontinuo, cuando éste no suponga un despido sino una interrupción del mismo. 

En el caso de contratos temporales el compromiso de mantenimiento del empleo no se entenderá incumplido cuando el contrato se extinga por expiración del tiempo convenido o la realización de la obra o servicio que constituye su objeto o cuando no pueda realizarse de forma inmediata la actividad objeto de contratación. 

Asimismo, no resultará de aplicación el compromiso de mantenimiento del empleo en aquellas empresas en las que concurra un riesgo de concurso de acreedores.

Por otra parte, para todos los trabajadores que se reincorporan a la actividad, la norma indica que estos, deberán cumplir con las medidas de seguridad y prevención impuestas por la empresa para evitar el contagio del virus covid-19. De no seguirlas, la empresa podrá tomar medidas disciplinarias contra los trabajadores que las incumplan.

Aspectos claves del trabajo a distancia o teletrabajo

Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia establece la voluntariedad de esta modalidad de trabajo, tanto para la persona trabajadora como para la empleadora, lo que requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia. Este acuerdo puede formar parte del contrato de trabajo inicial o puede realizarse en un momento posterior.

Además, dada la voluntariedad establecida, la Ley permite revertir la decisión de trabajar a distancia, tanto para la empresa como para la persona trabajadora.

Para garantizar la voluntariedad, no se permite despedir o modificar las condiciones de trabajo al trabajador que se niegue a trabajar a distancia o que precise cierta adaptación cuando cambie de la modalidad presencial a la de trabajo a distancia.

Por otro lado, la normativa contempla el derecho de las personas que trabajan a distancia a la dotación y mantenimiento adecuado por parte de la empresa de todos los medios, equipos y herramientas necesarias para el desarrollo de la actividad, de conformidad con el inventario incorporado en el acuerdo de trabajo a distancia y con los términos establecidos, en su caso, en el convenio o acuerdo colectivo de aplicación. La empresa también debe garantizar la atención precisa en el caso de dificultades técnicas, especialmente en el caso de teletrabajo.

Además, el desarrollo del trabajo a distancia deberá ser sufragado o compensado por la empresa, y no podrá suponer la asunción por parte de la persona trabajadora de gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral.

Los convenios o acuerdos colectivos podrán establecer el mecanismo para la determinación y compensación o abono de estos gastos.

¿Cumple su empresa con el Registro salarial y planes de igualdad? 

Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

En el caso de empresas de cincuenta o más personas trabajadoras, las medidas de igualdad, deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, que deberá ser, asimismo, objeto de negociación en la forma que se determine en la legislación laboral.

La elaboración e implantación de planes de igualdad será voluntaria para las demás empresas, previa consulta a la representación legal de los trabajadores y trabajadoras.

El plan de igualdad es suficientemente importante si la empresa quiere optar a subvenciones públicas, ya que mejora la política de Recursos Humanos, así como para evitar posibles sanciones por parte de Inspección de Trabajo.

El plan de igualdad obliga a todas las empresas a tener un registro salarial de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos 

A su vez, desde el 14 de abril, con la entrada del Real Decreto 902/2020 de Igualdad Retributiva entre hombres y mujeres, todas las empresas están obligadas a tener un registro salarial de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos. Aquellas que no lo hagan se enfrentan a sanciones económicas e incluso a limitaciones para presentarse a concursos públicos.

El objetivo de este Real Decreto, aprobado en octubre, es garantizar la transparencia y el derecho a la igualdad de trato y no discriminación entre hombres y mujeres en materia retributiva.

El documento en sí tiene que presentarse una vez al año y debe estar disponible para los representantes de los trabajadores, para la Inspección de Trabajo y para los trabajadores que lo pidan.

En el mes de abril de 2021, el Ministerio de Igualdad publicó una herramienta para generar el modelo de registro retributivo en su página web. 

Esta herramienta es un fichero Excel donde se van detallando los diferentes conceptos que exige la norma. 

Lo más importante es que la comparativa demuestre que en la empresa no existe una brecha salarial entre géneros y, en caso de existir, la empresa pueda justificarla.