Según se desprende de la Ley para el Acceso Electrónico de los Ciudadanos al Servicio Público, a partir del 31 de diciembre de 2009 los ciudadanos podremos leer en la pantalla de nuestro ordenador “reinténtelo de nuevo dentro de unos minutos”, pero no volveremos a escuchar el “vuelva usted mañana” que tanto enervaba a Larra.
¿En qué consiste? La nueva ley exige a la Administración:
- El acceso a los servicios públicos a través de Internet, el teléfono móvil, la televisión o cualquier otro medio electrónico que surja en el futuro.
- La consulta del estado de tramitación de los procedimientos que ya estén en marcha.
- Que no se tengan que presentar papeles que ya estén en poder de las Administraciones Públicas.
- La misma validez jurídica a las comunicaciones electrónicas que a las que se realizan en papel. Así, realizar un trámite o recibir información a través de Internet o un teléfono tendrán la misma validez.
- La calidad, seguridad y confidencialidad de los accesos digitales.
- El uso de los idiomas cooficiales.
Retrasos. Y todo esto incumbe no sólo a la Administración central –que ya ha hecho sus deberes–, sino también a las administraciones autonómicas y locales. Y son precisamente estas últimas las que van más rezagadas. Muchas de ellas están diseñando todavía planes estratégicos para actualizar los sistemas telemáticos de los municipios más pequeños. Y es ahí donde entra en juego nuestra propuesta de negocio: ayúdales a ponerse al día con proyectos llave en mano. Desde programas informáticos hasta firma electrónica pasando por la digitalización de documentos. Echa un vistazo a la ley para ver si puede encajar tu servicio/producto.