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24 Mar, 2023

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El modelo 037: el camino fácil para darse de alta como autónomo

¿Vas a emprender un negocio como autónomo? Para darte de alta Hacienda pone a tu disposición una alternativa al modelo 036: el modelo 037.

¿Te abrumó el modelo 036? ¿Se te pasó por la cabeza eso de “por qué no lo hacen más fácil”? A nosotros nos pasó lo mismo. Y, para alivio de todos, a la Agencia Tributaria también. Así que pensó en una fórmula más sencilla para los autónomos. ¡Para que luego echen pestes sobre ella!

De ahí surge el modelo simplificado 037, para darse alta como autónomo.

Qué es el modelo 037 y quién está obligado a presentarlo

El modelo 037 es una declaración censal de alta, modificación y baja para personas físicas que vayan a realizar una actividad profesional.

¿Eso significa todo aquel que quiera hacerse autónomo? Sí, siempre y cuando reúna las siguientes condiciones:

  • Ha de tener asignado un Número de Identificación Fiscal (NIF).
  • No puede actuar por medio de un representante.
  • Su domicilio fiscal ha de coincidir con el de la gestión administrativa.
  • No puede ser una gran empresa.
  • No puede estar incluido en los regímenes especiales del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), salvo el régimen simplificado, el de agricultura, ganadería y pesca, el de recargo de equivalencia o el del criterio de caja.
  • No puede figurar en el registro de operadores intracomunitarios o en el de devolución mensual del IVA.
  • No puede realizar adquisiciones intracomunitarias de bienes no sujetas al IVA.
  • No puede realizar ventas a distancia.
  • No puede ser sujeto pasivo de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros.
  • No puede percibir rendimientos de capital mobiliaria.

Y ya vale.

Si ya conoces el modelo 036, te darás cuenta por qué el modelo 037 es su forma simplificada: simplemente, excluye todos los aspectos relativos a las personas jurídicas (empresa o asociación).

Y de igual modo que el modelo 036, el modelo 037 lo puedes presentar en una delegación de la Agencia Tributaria (AEAT), enviarlo por correo postal o entregarlo de forma telemática en la web de la AEAT.

Cómo rellenar el modelo 037

El modelo 037 consta de tres paginillas estructuradas en seis apartados. Algunos coinciden con los del modelo 036:

  1. Causas de presentación.
  2. Identificación
  3. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
  4. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
  5. Retenciones e ingresos a cuenta
  6. Declaración de Actividades Económicas y Locales

Como ya hicimos con el modelo 036, iremos página a página para entender lo que nos piden.

Página 1

Hay que indicar una de las tres causas posibles de la presentación:

  • Alta en el censo.
  • Baja en el censo.
  • Modificación de algún dato censal como el domicilio fiscal u otros datos relativos a las actividades económicas que realizas, al IVA, al IRPF o a las retenciones e ingresos a cuenta (si tienes trabajadores a tu cargo).

El siguiente apartado es el de identificación. Simplemente, has de rellenarlo con tus datos personales y el domicilio fiscal y postal para las notificaciones.

Página 2

Esta página está dedicada a los impuestos que estás obligado a pagar como autónomo.

IRPF. El primer apartado consta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que todo autónomo que realice actividades profesionales tiene que pagar de forma fraccionada cada trimestre, a no ser que en el año anterior haya aplicado retenciones en al menos el 70% de las facturas.

En ese apartado también has de indicar si te atienes al régimen de estimación objetiva o al de estimación directa (normal o simplificada), cuya distinción la Agencia Tributaria aclara en su web y de la que te puede informar en el 901 33 55 33.

IVA. En el siguiente apartado debes indicar si las actividades que vas a realizar están sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). En caso afirmativo, estarás obligado a hacer autoliquidaciones trimestrales. Puedes llamar al número de teléfono de la Agencia Tributaria (901 33 55 33) para salir de dudas.

Es importante establecer el inicio de actividad. Por inicio de actividad no sólo se entiende cuándo vas a empezar a realizar entregas de bienes y prestaciones de servicios, sino cuándo vas a empezar con la adquisición de bienes y servicios destinados a tu actividad.

Conviene señalar en qué régimen vas a pagar el IVA, si por el general, el de recargo de equivalencia (para el comercio minorista), el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca, el régimen especial simplificado o el de criterio de caja.

Por último, verás un apartado dedicado a las deducciones. En este te has de poner a hacer cálculos si, y solo si, realizas dos o más actividades económicas que soporten el mismo IVA o diferente. En este caso se hace una prorrata, por lo que te recomiendo tener la calculadora a mano.

Página 3

La última hoja está dedicada a las retenciones e ingresos a cuenta y a la declaración de actividades económicas.

El apartado de las retenciones a cuenta sólo has de rellenarlo en caso de tener trabajadores a tu cargo o desarrolles tu negocio en un local alquilado. En este último caso, tienes que pagar a Hacienda el 21% del importe del alquiler como retención a favor del arrendador.

En el último apartado (“Declaración de actividades económicas y locales”) debes dar cuenta del tipo de actividad que vas a realizar según la Tarifa del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), que puedes descargarte en la página web de la Agencia Tributaria.

También tienes que indicar dónde vas a realizar tu actividad. Si va a ser en casa, has de indicar el porcentaje total de los metros cuadrados que se verán afectados (por ejemplo, y no es mofa: el 15%, correspondiente al despacho).

El modelo 037 reviste menos complejidad que el 036. Pero no por eso vamos a dejar de recomendarte que consultes a un asesor para aquellos aspectos más oscuros como el tipo de régimen de IVA e IRPF.

Superado este trance, ya puedes iniciar tu actividad como emprendedor. Y créenos: un programa de facturación te lo pondrá más fácil.